Peticiones Familiares
Reunificación (I-130)

Trae a tus seres queridos a Estados Unidos. Gestionamos peticiones para cónyuges, hijos, padres y hermanos.

Familia reunida después de petición familiar I-130

Requisitos del Peticionario (Tú)

  • ✓ Ser Ciudadano Americano o Residente Permanente (Green Card).
  • ✓ Social Security Card.
  • ✓ Acta de Nacimiento.
  • ✓ Prueba de ciudadanía o residencia vigente.

Requisitos del Beneficiario (Familiar)

  • ✓ Acta de Nacimiento.
  • ✓ Pasaporte vigente.
  • ✓ Acta de matrimonio o divorcio (según aplique).
  • ✓ Información completa de hijos.

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Sobre la Petición Familiar (I-130)

La Forma I-130 es el primer paso para que un ciudadano americano o residente permanente pueda traer a un familiar a Estados Unidos. Una vez aprobada, el familiar puede solicitar visa de inmigrante o ajuste de status.

Familiares elegibles

  • Ciudadanos americanos: cónyuge, hijos solteros, hijos casados, padres (mayores de 21), hermanos.
  • Residentes permanentes: cónyuge e hijos solteros.

Tiempos estimados

Los familiares inmediatos de ciudadanos (cónyuge, hijos solteros menores, padres) no tienen cuotas y suelen procesarse en 12 a 36 meses. Otras categorías (hermanos, hijos casados) pueden tomar varios años por las cuotas anuales. Consulta el Boletín de Visas: visa-bulletin.

Preguntas frecuentes

¿Mi familiar puede esperar en EE.UU. o debe salir del país?

Depende de cómo entró. Si entró legalmente y es familiar inmediato de ciudadano, puede tramitar Ajuste de Status sin salir. En otros casos, deberá tramitar el proceso consular en su país.

¿Qué pasa si me divorcio antes de la aprobación?

Si la petición es por matrimonio y el divorcio ocurre antes de la aprobación, la petición se cancela. Es importante reportar cualquier cambio.

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